La Asamblea Legislativa del DF aprobó el derecho al matrimonio y concubinato entre personas del mismo sexo el pasado 21 de diciembre de 2009, estas reformas entraron en vigor el 4 de marzo, estas reformas te hacen acreedor a los siguientes derechos:
Los derechos a los que te haces acreedor si te casas por el civil son los siguientes:

-SEGURIDAD SOCIAL (PENDIENTE)
-DERECHO A HEREDARSE MUTUAMENTE
-DERECHO A LA PENSION ALIMENTICIA
-DERECHO A CONSTRUIR UN PATRIMONIO FAMILIAR
-ESTABLECER VINCULOS FAMILIARES
-DERECHO A LA TUTELA
-DERECHO A UN CREDITO FAMILIAR
-DERECHO A CASARSE CON UNA PERSONA EXTRANJERA
-DERECHO A ADOPTAR
Los requisitos para poder casarse son los siguientes:
-SER MAYORES DE EDAD
-LOS MENORES DE EDAD, DEBERAN AL MENOS TENER 17 AÑOS Y TENER EL CONSENTIMIENTO DEL PADRE, MADRE O TUTOR.
-PRESENTAR SU SOLICITUD EN EL REGISTRO CIVIL MAS CERCANO A SU DOMICILIO ACOMPAÑADO DE:
*Copia certificada del acta de nacimiento
*Comprobante de domicilio
*Si alguna de las o los contrayentes han sido casados, copia de acta de matrimonio con inscripcion de divorcio.
*Identificación oficial (IFE, PASAPORTE, CEDULA PROFESIONAL, ETC)*YA NO ES NECESARIO QUE HAYAN TESTIGOS, NI LOS PADRES, con que vayan las dos presonas involucradas es suficiente. Si se desea se les puede invitar y podrán firmar.
*La manifestación de decir la verdad, en caso de que alguno de los contrayentes haya concluido el proceso para la concordancia sexo-genérica, establecido en la ley.
*Pago de derechos en cualquier banco.
Los pagos se diferencian si el casamiento es en el registro civil, si es en domicilio, si es en domicilio de otra delegacion que no sea del juez o de la jueza.








